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Convenio CITES

El Servicio de Inspección SOIVRE, a través de sus Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio, realiza la inspección y verificaciones previas al despacho aduanero previstas en el Reglamento (CE) 338/97, que aplica en la UE el Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). 

El Servicio de Inspección SOIVRE desempeñó la función de Autoridad Administrativa CITES como órgano de gestión principal en el control e inspección de especímenes sujetos a las disposiciones CITES desde la adhesión formal de España al Convenio (1986) hasta el 01/01/2022, fecha en que entró en vigor el Real Decreto 986/2021. Desde esta fecha y, en base a la Disposición Adicional primera del Real Decreto, el Servicio de Inspección SOIVRE realizará las funciones de identificación, inspección y verificación documental y/o físico en frontera de especímenes procedentes o destinados a terceros países fuera de la UE. Esto incluye el control de especímenes CITES, así como de los no declarados como CITES, incluyendo sus partes y derivados. Como resultado del control el Servicio de Inspección SOIVRE emite una propuesta de resolución mediante un documento que deberá ser presentado a la AEAT para ultimar los trámites necesarios de importación o (re)exportación de los especímenes.

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